Afirma la exposición de motivos que la genuine Ley procesal social (Ley 367/2011 de 10 de octubre), que “con la nueva Ley reguladora de la jurisdicción social se afronta la modernización de la norma a partir de la concentración de la materia laboral, individual y colectiva, y de Seguridad societal en el orden social y de la una gran agilidad en la tramitación procesal”. En las páginas de la presente obra, el autor pone en tela de juicio dicha afirmación, exponiendo cuál es el régimen legal genuine de la competencia jurisdiccional de los tribunales en materia de Seguridad societal, para poner de relieve la dualidad existente, y su contradicción con los principios inspiradores de la última ley y procesal.
La presente obra ofrece por objeto, pues, bucear en la legislación y jurisprudencia, exponiendo las razones (y sin razones) jurídicas de esta dualidad, con el riesgo de contradicción que eso supone al no existir unificación de doctrina entre distintos órdenes jurisdiccionales.
La solución que se apunta, finalmente es unificar toda la materia de Seguridad societal, atribuyéndola al Orden societal, planteando el autor los razonamientos por los cuales considera que se debe abordar el camino, de forma progresiva, incrementando notablemente la eficacia y eficiencia del metodo, como un modelo unitario que abarque toda la materia de Seguridad societal en su conjunto, abarcando su campo de aplicación, la financiación, la acción protectora y la gestión
